REGULAR EL ALCOHOL SÍ, PERO POR LEY

 

Por Jovanny Rodríguez

 

Las sociedades no se fortalecen cuando eliminan las reglas, sino cuando las someten al imperio de la ley. Esa es, en esencia, la gran enseñanza que deja la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el Decreto núm. 308-06, mediante el cual el Poder Ejecutivo regulaba los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas. Algunos han interpretado esta decisión como el fin de cualquier restricción sobre la venta de alcohol; sin embargo, esa lectura desconoce el verdadero alcance del fallo. El Tribunal no cuestionó el objetivo de proteger el orden público y la seguridad ciudadana, sino el hecho de que una limitación de esa naturaleza permaneciera durante años sustentada únicamente en un decreto y no en una ley aprobada por el Congreso Nacional, como exige la Constitución.

 

La decisión del Tribunal Constitucional, lejos de debilitar la capacidad del Estado para regular esta actividad, fortalece el Estado de derecho al recordar que toda restricción permanente al ejercicio de derechos debe tener un fundamento legal legítimo. En una democracia constitucional, la libertad de empresa y el libre comercio son principios esenciales, pero ninguno de ellos es absoluto. El propio orden constitucional reconoce que corresponde al Estado armonizar los derechos individuales con la protección de bienes superiores como la seguridad ciudadana, la salud pública, la convivencia pacífica y el derecho de las comunidades a disfrutar de tranquilidad y orden.

 

La experiencia internacional demuestra que la regulación de los horarios para el expendio de bebidas alcohólicas no constituye una medida excepcional ni autoritaria. Países como Suecia, Noruega y Finlandia mantienen estrictos controles sobre la venta de alcohol; Canadá delega esa regulación en sus provincias; numerosos estados de los Estados Unidos limitan los horarios de comercialización, mientras que España, Alemania y Australia permiten que las autoridades competentes establezcan restricciones adaptadas a las características de cada comunidad. En todos estos casos se entiende que la regulación no pretende restringir arbitrariamente las libertades, sino prevenir riesgos sociales y proteger el interés colectivo.

 

La República Dominicana tampoco puede ignorar su propia realidad. Los elevados índices de accidentes de tránsito relacionados con el consumo de alcohol, la violencia que con frecuencia acompaña la vida nocturna, la contaminación sónica que afecta a numerosos sectores y los constantes conflictos derivados del expendio de bebidas alcohólicas durante altas horas de la madrugada evidencian que este no es un debate meramente jurídico, sino un desafío de política pública. Gobernar también significa prevenir, y prevenir exige reglas claras que permitan conciliar la actividad económica con el bienestar de la población.

 

Precisamente por ello, la sentencia del Tribunal Constitucional debe entenderse como una oportunidad para que el Congreso Nacional asuma la responsabilidad que le asigna la Constitución. El país necesita una ley moderna, equilibrada y fruto del consenso entre comerciantes, empresarios del sector turístico, autoridades municipales, especialistas en salud pública, organismos de seguridad y representantes de la sociedad civil. Esa legislación podría establecer horarios diferenciados según el tipo de establecimiento, la ubicación geográfica y las particularidades de cada actividad económica, garantizando tanto la seguridad jurídica de quienes invierten como la protección de los derechos de la colectividad.

 

Las democracias sólidas no se caracterizan por la ausencia de normas, sino por la legitimidad de las normas que aprueban. La sentencia del Tribunal Constitucional no representa una derrota para las políticas orientadas a reducir los efectos nocivos del consumo excesivo de alcohol; representa, por el contrario, una reafirmación de que el respeto a la Constitución debe prevalecer incluso cuando los fines perseguidos sean legítimos. El vacío jurídico que hoy existe no debe prolongarse ni convertirse en un espacio para la improvisación, sino en el punto de partida para construir una legislación más moderna, más equilibrada y más respetuosa del orden constitucional.

 

Corresponde ahora al Congreso Nacional transformar esta decisión judicial en una oportunidad para fortalecer nuestras instituciones y responder a una demanda que trasciende intereses económicos o coyunturas políticas. La verdadera discusión no es si debe regularse el horario para el expendio de bebidas alcohólicas; la verdadera discusión es si tendremos la madurez institucional para hacerlo mediante una ley legítima, proporcional y pensada en función del bien común. Porque cuando la libertad se ejerce dentro del marco de la ley, gana el comercio, gana la seguridad ciudadana y, sobre todo, gana la República Dominicana.

Jovanny Rodríguez
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